miércoles, 22 de abril de 2009

NO PUDO VOTAR ,HAY SOLUCION DEROGAN EL DECRETO 138 DEL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL



  1. http://www.blogger.com/sigla1894@gmail.com



REFORMA DEL ARTICULO 138 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ELECCIONES





Quito 20 de abril 2009. Los ciudadanos ecuatorianos o personas con derecho al voto etc. en las elecciones del 24 de abril 2009, quienes no alcanzaron al empadronamiento, y no tuvieron opción de votar ese día ( de las elecciones en Ecuador, en especial quienes viven en la quinta región ( extranjero) ,
Están en la obligación de acercarse ese día de las elecciones (26 de abril) a las mesas electorales con el pasaporte y solicitar un comprobante evidencia, para retornar al Supremo Electoral y el Tribunal conceda el certificado de exoneración de la votación sin mas tramites(ver resuelve párrafo “g”)
De esta forma no tendrá dificultad en el futuro
Cuando los interesados lo pidan el comprobante de haber participado en el evento electoral.
La reforma al Articulo 138 ley de lecciones lo presentamos tal cual fue entregado a SIGLA Publication de manos del Lcdo. Grabriel José Terán Varea. Director de Relaciones Internacionales.
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Quito 20/04/09. En la grafica vemos a Klever
Llevando sus pesadas cámaras que en compañía de esta estrella de la televisión Telerama que sirve a varias provincias ecuatorianas Dona Maria Antonieta Carmiñan están reportando desde el Consejo Nacional Electoral del Ecuador acontecimiento a las postrimerías
Del futuro político de este hermoso país andino..
Los ecuatorianos elijaran el 26 de abril a sus mandatarios políticos .

REFORMA DEL Articulo 138 articulo

(g) Quienes no consten en padrones solo requerirAn la comprobaciOn por parte del propio Tribunal Supremo Electoral atravEs del registro de no sufragantes que consten en la base de datos del sistema informAtico aprobado por el Tribunal Supremo Electoral.

El Tribunal concederA el certificado de exoneraciOnde la votaciOn sin mas, tramites, a excepciOn de los mayores de 65 aNos, etc....sigue..

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